Cuando hablamos de seguridad vial es común ver personas distraídas por sus celulares. Desde automovilistas en cualquier tipo de vehículo motor y peatones.
Motos que circulas por veredas y plazas, autos y demás vehículos que no respetan las prohibiciones de giros a la izquierda, cruzar semáforos en rojo y mucha desidia y hasta desprecio por el otro.
Muchas veces hemos visto noticias que tiene como protagonistas a ciclistas que son embestidos por vehículos y lamentablemente muchos de esos hechos tiene un triste final. Lo que no escapa también es la imprudencia de algunos ciclistas que no utilizan los elementos de protección, no respetan semáforos e incluso circulan entre vehículos detenidos por el semáforo o embotellamientos con el riesgo que eso conlleva, lo mismo sucede con las motos.
Pero si hay algo que preocupa es la inconciencia de algunos ciclistas que circulan por la ruta provincial 11 por ejemplo. Tenemos una bicisenda que comienza en la Av. Constitución y finaliza en Santa Clara Del Mar.
Recordemos que las rutas, autovías y autopistas están diseñadas principalmente para que circulen vehículos a motor. Debemos recordar también que como existen velocidades máximas, también existen velocidades mínimas. Si el cartel indica que la velocidad máxima es de 100km/h la mínima es la mitad de la máxima, es decir 50km/h. Esa velocidad en una bicicleta es difícil que se pueda sostener, pero más allá de la evolución del ciclismo hay una ley que no prohíbe, pero obliga.
Circular con cualquier vehículo por banquinas es en extremo peligroso, la banquina es la vía de escape ante cualquier incidente que sufra el o los vehículos que vayan por delante nuestro. Esta explícitamente recomendado que en caso de una falla en el vehículo no se utilicen las banquinas para reemplazar neumáticos o hacer arreglos. Si esto no pudiera ser evitado la señalización con balizas y conos debe ser bien clara.
Por eso ver constantemente ciclistas circulando por banquinas o en la orilla de las rutas teniendo bicisendas a unos pocos metros es preocupante y las autoridades no establecen el control necesario dejando a la deriva y poniendo en riesgo muchas vidas. Ahora sí, los controles a vehículos para con motor es a veces sospechosamente estricto buscando quien sabe qué.
¿Que dice la ley?
La Ley Provincial 8560, que contiene las reglas de tránsito aplicables en la Provincia, dice en su artículo 40 bis, inciso a):
“Los conductores de bicicletas están obligados a:
- Usar las vías o ciclovías destinadas a este tipo de vehículos, si existieran.”
¿Se prevén multas?
Por todo esto debemos decir que para la Provincia de Buenos Aires, el Decreto 532/09 reglamentario de la Ley 13.927— establece sanciones para la circulación de vehículos propulsados por el conductor por lugares no habilitados. La escala prevista es de 50 a 100 UF en esa categoría.
Además, pensemos en el costo millonario que llevo realizar la bicisenda para que no sea utilizada cuando realmente es necesario. El grado de inconciencia que tienen algunos ciclistas que no utilizan la bicisenda es perverso para con su propia integridad física.
Esperemos que las autoridades tomen nota y controlen este tipo de anomalías que además de costar mucho dinero en caso de accidentes por culpa de esta falta de control y desidia de algunos ciclistas, las perdidas humanas son irreparables.
Te dejamos un reel con un caso testigo: https://www.instagram.com/reel/DdbrkxqzzbH/?stkn=ZnI2c3d2MXBobW9i
Miguel Caballero
